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Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos 2025 de la Municipalidad Distrital de Molina 2025

RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N.° 0144-2025-MDLM-GM. “Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana” Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos 2025 de la Municipalidad Distrital de La Molina 2025 Nº 0144-2025-MDLM-GM VISTO; el Informe N° 0192-2025-MDLM-OGAF-OGRH de fe

Municipalidad de La Molina (norma publicada en El Peruano)
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RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N.° 0144-2025-MDLM-GM, publicada por la Municipalidad Distrital de La Molina en el diario oficial El Peruano (1 de enero de 2023): texto en El Peruano. Se reproduce completo y sin cambios.

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos 2025 de la

Municipalidad Distrital de La Molina 2025

RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL

Nº 0144-2025-MDLM-GM

La Molina, 12 de marzo del 2025

VISTO; el Informe N° 0192-2025-MDLM-OGAF-OGRH de fecha 06 de marzo del 2025, emitido por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, el Informe N° 1205-2025-MDLM-OGAF de fecha 07 de marzo de 2025, emitido por la Oficina General de Administración y Finanzas, el Informe N° 0061-2025-MDLM-OGPPDI de fecha 07 de marzo del 2025, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Informe N 166-2024-MDLM-OGAJ de fecha 12 de junio de 2024, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, respecto a propuesta de Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de La Molina y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modificado por la Ley N° 30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;

Que, el artículo 7° de la Ley N° 28175 - Ley Marco del Empleo Público, establece que, para postular a un empleo público se deben reunir los requisitos y/o atributos propios de la plaza vacante, por lo que en el sector público se deben establecer en sus instrumentos de gestión los requisitos que las personas deben cumplir para acceder a los cargos;

Que la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil, tiene como objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas;

Que, el artículo 6° de la precitada Ley, establece que las Oficina de Recursos Humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector.

Que, la Ley Nº 31419 - Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, contiene las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, determinando requisitos mínimos para el desempeño de dichos cargos, en cuya segunda disposición complementaria final señala que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecuan, de manera gradual sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Recursos Humanos;

Que mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30057, Ley de Servicio Civil, con el objeto de regular la aplicación general de lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley de Servicio Civil, el cual prevé en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar que, para afectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública y que en el caso de los Gobiernos Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente Municipal;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo con el que se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, cuyo objetivo es establecer y precisar las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones;

Que, de acuerdo con lo establecido en el literal c), del subnumeral 5.1 del numeral 5 de la mencionada Directiva, el Manual de Clasificador de Cargos es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; precisándose en el subnumeral 6.1.1 que la propuesta de manual de clasificador de cargos de la entidad, debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o el Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasificaciones dispuestas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público;

Que, asimismo, el subnumeral 6.1.7 del numeral 6.1 de la precitada Directiva, señala que, la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces debe elevar la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos al (la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la Oficina de Planificación y Presupuesto o la que haga sus veces, en lo concerniente al ámbito su competencia. De obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el Manual de Clasificador de Cargos y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción o en otros medios que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiente del nivel de gobierno de la entidad;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 392-2024/MDLM-GM de fecha 12 de junio de 2024, se aprueba el Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de La Molina;

Que, mediante Informe N° 0192-2025-MDLM-OGAF-OGRH de fecha 06 de marzo del 2025, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, emite el Informe Técnico sustentatorio sobre la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de La Molina, señalando que el indicado manual se formuló en base a lo dispuesto en la Ley N° 28175 - Ley Marco del Empleo Público, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH “Diseño de perfiles de puestos y elaboración, aprobación, administración y modificación del Manual de Perfiles de Puestos” y en la Ley N° 31419 - Ley que Establece Disposiciones para Garantizar la idoneidad en el Acceso y Ejercicio de la Función Pública de funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción y su Reglamento, precisando que el precitado Manual se ha alineado a las disposiciones de las citadas normativas, recomendando a la Oficina General de Administración y Finanzas requerir la opinión de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional;

Que, mediante Informe N° 1205-2025-MDLM-OGAF de fecha 07 de marzo de 2025, la Oficina General de Administración y Finanzas, deriva la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de La Molina formulado por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, a fin de que proceda de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.1.7 de la Directiva N 006-2021-SERVIR/GDSRH;

Que, mediante Informe N° 0030-2025-MDLM-OGPPDI-OPIMI de fecha 07 de marzo del 2025, la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional señala que, habiéndose revisado y encontrado la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos - MCC de la Municipalidad Distrital de La Molina acorde con el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina aprobado en su versión actualizada mediante Ordenanza Municipal N° 0464/MDLM, se encuentra en concordancia con lo establecido en la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, recomendando solicitar opinión legal para continuar con el trámite de aprobación mediante Resolución de Gerencia Municipal;

Que, mediante Informe N° 0061-2025-MDLM-OGPPDI de fecha 07 de marzo del 2025, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, emite opinión favorable haciendo suyo en Informe Técnico emitido por la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, respecto a la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos - MCC de la Municipalidad Distrital de La Molina, recomendando continuar con las gestiones para su aprobación;

Que, mediante Informe N° 0069-2025-MDLM-OGAJ de fecha 12 de marzo del 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que, de acuerdo con el marco normativo indicado en el análisis del precitado Informe, considera que es legalmente viable que, a través de una resolución emitida por la Gerencia Municipal, se apruebe el MCC 2025 de la Municipalidad Distrital de La Molina, el cual consta de siete (VII) apartados distribuidos en sesenta y un (61) páginas, de conformidad con lo previsto en el artículo IV inciso 7 de la Ley Marco del Empleo Público, el Decreto Ley N° 18160, la Ley N° 31419 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, los subnumerales 6.1.1, 6.1.3 y 6.1.7 del numeral 6.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150- 2021-SERVIR-PE y el literal i) del artículo primero de la Resolución de Alcaldía N° 007-2023/MDLM;

Estando a lo expuesto, resulta necesario aprobar el Manual de Clasificador de Cargos 2025 de la Municipalidad Distrital de La Molina, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30057- Ley de Servicio Civil y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N 000150-2021-SERVIR-PE que formalizó el acuerdo del Consejo Directivo que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, el Manual de Clasificador de Cargos 2025 de la Municipalidad Distrital de Molina 2025, elaborado por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, el mismo que se adjunta como Anexo a la Presente Resolución.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO a partir de la fecha el Clasificador de Cargos aprobado por Resolución de Gerencia Municipal N° 392-2024/MDLM-GM.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría de Concejo la publicación de la Presente Resolución de Gerencia Municipal en el Diario Oficial el Peruano, así como a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la Resolución de Gerencia Municipal y su Anexo en el Portal del Estado Peruano, el Portal de Transparencia y el Portal Institucional.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Administración y Finanzas y a la Oficina de Gestión de Recursos Humano el cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, notifíquese, publíquese y cúmplase.

LILIANA ANTONIETA LOAYZA MANRIQUE DE ROMERO

Gerente Municipal

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Qué registró cada lista sobre este tema. Las 12 listas inscritas para la alcaldía de La Molina presentaron un plan de gobierno ante el JNE. Lo que cada una dice sobre gestión municipal y transparencia, copiado tal cual y en orden alfabético, está en las páginas de datos de este medio. Las 12 listas.

En esta nota:Municipalidad de La MolinaDiario Oficial El Peruano

Comunicado oficial reproducido tal cual, con enlace a la fuente. Editada por Omni Media, redacción de La Molina al Día. Cómo trabajamos.

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