Aprueban la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos, TUSNE de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N.° 0087-2025-MDLM-GM. “Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana” Aprueban la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de La Molina Nº 0087-2025-MDL

RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N.° 0087-2025-MDLM-GM, publicada por la Municipalidad Distrital de La Molina en el diario oficial El Peruano (1 de enero de 2023): texto en El Peruano. Se reproduce completo y sin cambios.
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Aprueban la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el
Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la
Municipalidad de La Molina
RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL
Nº 0087-2025-MDLM-GM
La Molina, 20 de febrero del 2025
EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA;
VISTO; el Informe Nº 0046-2025-MDLM-GDHE-SECT de fecha 10 de febrero del 2024, emitido por la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo; el Informe Nº 0012-2025-MDLM-GDHE de fecha 11 de febrero del 2025, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Educación; el Informe Nº 0086-2025-MDLM-OGAF-OCC de fecha 17 de febrero del 2025, emitido por la Oficina de Contabilidad y Costos; el Informe Nº 0022-2025-MDLM-OGPPDI-OPIMI de fecha 17 de febrero del 2025, emitido por la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, el Informe Nº 0050-2025-MDLM-OGPPDI de fecha 17 de febrero del 2025, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y el Informe Nº 0041-2025-MDLM-OGAJ de fecha 19 de febrero del 2025 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, referido a la modificación e incorporación de Servicios No Exclusivos del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de La Molina, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º, modificado por la Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 43.4, del artículo 43º, del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM, de fecha 27 de Octubre del 2023, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de La Molina y su correspondiente Fe de Erratas, el mismo que deja sin efecto las Resoluciones de Alcaldía Nº 228-2015 de fecha 30 de Junio del 2015, Nº 278-2016 de fecha 01 de Septiembre del 2016, Nº 366-2016 de fecha 24 de Noviembre del 2016 y Nº 014-2018 de fecha 15 de Enero del 2018, así como las Resoluciones de Gerencia Municipal Nº 80-2020-MDLM-GM de fecha 15 de Marzo del 2020 y Nº 98-2020-MDLM-GM de fecha 09 de Junio del 2020;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 670-2023/MDLM-GM de fecha 30 de diciembre del 2023, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo y Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 100-2024-MDLM-GM, de fecha 22 de febrero del 2024, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina, correspondiente a la Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0822-2024-MDLM-GM, de fecha 11 de diciembre del 2024, se aprobó el Anexo Nº 02 “VERSION ACTUALIZADA DEL TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS - TUSNE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA”, aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM y su respectiva Fe de Erratas, modificado por la Resolución de Gerencia Municipal Nº 670-2023/MDLM-GM y la Resolución de Gerencia Municipal Nº 100- 2024-MDLM-GM”, constituyendo esta la versión actualizada del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de La Molina;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0006-2025-MDLM-GM, de fecha 07 de enero del 2025, se aprobó la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de La Municipalidad Distrital de La Molina (en su versión actualizada aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024/MDLM-GM), correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo y Subgerencia de Programas Sociales y Salud;
Que, mediante Ordenanza Nº 0441/MDLM, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el día 28 de diciembre de 2023, se aprueba el Reglamento de Organización (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina, modificada por Ordenanza Nº 448/MDLM publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el día 06 de junio de 2024;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23º literal y), del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, tiene como función “monitorear, supervisar y gestionar la aprobación y ratificación de la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE)”, mientras que en el artículo 26º literal p), del mismo Reglamento, señala como función de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, “coordinar y ejecutar el diseño, estructura y organización de la entidad; así como, la elaboración y actualización de sus documentos en materia organizacional (ROF), de procedimientos administrativos (TUPA), y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), conforme la normativa de la materia”;
Que, además el artículo 94º literal k) del precitado cuerpo normativo establece entre las funciones de la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo, “elaborar y actualizar el sustento técnico del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de su área, y gestionar la actualización y modificación de los mismos ante el órgano competente”;
Que, mediante el Informe Nº 0046-2025-MDLM-GDHE-SECT de fecha 10 de febrero del 2025, la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo presentó el informe técnico con la propuesta de modificación e incorporación de sus servicios no exclusivos del TUSNE, en referencia a la Institución Educativa Municipal Descubriendo, señalando entre otros aspectos, que se encuentra en proceso la modificación la “Directiva Proceso de Matrícula de la Institución Educativa Municipal Descubriendo”, aprobada por Resolución Gerencial Nº 026-2015-MDLM-GDHE de fecha 22 de agosto de 2014 y modificatorias, tomando como base las evaluaciones socioeconómicas a las familias de los alumnos de la IEM Descubriendo, realizadas por la Trabajadora Social de la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, quien recomienda que se establezca una escala diferenciada, considerando los ingresos económicos del hogar indistintamente de su lugar de residencia dentro del distrito” (…), precisándose en el punto 6.2, la “Escala de Pensiones”, los indicadores de las escalas (…), por lo que en ese contexto propone la modificación del TUSNE y recomienda a la Gerencia de Desarrollo Humano y Educación continuar con el proceso administrativo pertinente para la aprobación de la modificación de los Servicios No Exclusivos a cargo de la Subgerencia de Educación Cultura y Turismo, plasmados en el Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE;
Que, la Gerencia de Desarrollo Humano y Educación mediante Informe Nº 0012-2025-MDLM-GDHE del 11 de febrero del 2025, en relación a la propuesta de modificaciones al TUSNE correspondiente a los montos del servicio brindado por la I.E.M Descubriendo, presentados por la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo, solicitó continuar con el trámite administrativo, considerando los cambios propuestos al Texto Único de Servicios No exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Molina y gestionar su aprobación;
Que, mediante Informe Nº 0086-2025-MDLM-OGAF-OCC de fecha 17 de febrero del 2025, la Oficina de Contabilidad y Costos, emitió el Informe Técnico correspondiente, señalando haber revisado y validado los costos y tarifario propuestos en el proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos -TUSNE, basándose en la información presentada por la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo;
Que, mediante Informe Nº 0022-2025-MDLM-OGPPDI-OPIMI de fecha 17 de febrero del 2025, la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, en el ámbito de sus funciones establecidas en el literal p) del artículo 26º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza Nº 0441/MDLM modificado por Ordenanza Nº 448/MDLM, emitió el informe técnico con opinión favorable de la propuesta de modificación e incorporación de servicios no exclusivos al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE a cargo de la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo, señalando que se modifican cinco (05) Servicios No Exclusivos, los cuales varían su tarifa o costo, requisitos, descripción y unidad de medida, además se incorporan trece (13) servicios no exclusivos nuevos con costos acordes al estudio de mercado realizado por la unidad de organización proponentes, de modo que dichos costos fueron validados por la Oficina de Contabilidad y Costos, asimismo permanecen sin cambios doce (12) servicios no exclusivos, correspondientes a la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo remitiendo para el trámite el Anexo Nº 01 - Modificación e incorporación de Servicios No Exclusivos al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Molina, correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo;
Que, mediante Informe Nº 0050-2025-MDLM-OGPPDI de fecha 17 de febrero del 2025, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, en el ámbito de sus funciones establecidas en el literal y) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza Nº 0441/MDLM, modificado por Ordenanza Nº 448/MDLM, hace suyo el Informe Nº 0022-2025-MDLM-OGPPDI-OPIMI, emitió opinión favorable del proyecto de modificación e incorporación de servicios no exclusivos del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE (aprobado en su versión actualizada por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024-MDLM-GM), correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo, remitiendo todo lo actuado a fin de que se continúe con las gestiones para su aprobación;
Que, mediante Informe Nº 0041-2025-MDLM-OGAJ de fecha 19 de febrero del 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal respecto al proyecto de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, señalando que, estando a lo previsto en el artículo 43 numeral 43.4 del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y habiéndose cumplido con realizar el sustento técnico correspondiente, resulta viable desde el punto de vista legal la aprobación del proyecto de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo, mediante Resolución de Gerencia Municipal en concordancia con la Resolución de Alcaldía Nº 007-2023/MDLM de fecha 01 de enero del 2023;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 0082-2025-MDLM-GM de fecha 19 de febrero del 2025, se aprueba la modificación de la Directiva “Proceso de Matricula de la Institución Educativa Municipal Descubriendo de La Municipalidad Distrital de La Molina”
Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 007-2023/MDLM de fecha 01 de enero de 2023, artículo primero literal a), se delega en el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de La Molina, la atribución de aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, así como su modificación y actualización;
Que, en atención a los informes señalados, se requiere actualizar el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, contando con los vistos de las áreas técnicas involucradas en su formulación;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR, la incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de La Molina (en su versión actualizada aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 822-2024-MDLM-GM), correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo, cuyos requisitos y derechos de pago se detallan en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Resolución de Gerencia Municipal.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, Gerencia de Desarrollo Humano y Educación y Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Gerencia Municipal.
Artículo Tercero.- PRECISAR que la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, al constituir un tema eminentemente técnico, su contenido, se encuentra bajo la responsabilidad exclusiva de los funcionarios que la han elaborado, sustentado y propuesto.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Gerencia Municipal, a las unidades de organización competentes de acuerdo a sus funciones.
Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina General de Secretaria de Concejo, la publicación de la presente Resolución de Gerencia Municipal en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de Información y Estadística, la publicación de la presente Resolución y del Anexo adjunto en el Portal Web Institucional de la Municipalidad.
Regístrese, notifíquese, publíquese y cúmplase.
LILIANA ANTONIETA LOAYZA MANRIQUE DE ROMERO
Gerente Municipal
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Qué registró cada lista sobre este tema. Las 12 listas inscritas para la alcaldía de La Molina presentaron un plan de gobierno ante el JNE. Lo que cada una dice sobre educación, cultura y deporte, gestión municipal y transparencia, copiado tal cual y en orden alfabético, está en las páginas de datos de este medio. Las 12 listas.