Autorizan viaje de alcalde, regidor y funcionarios de la Municipalidad a España, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO N.° 061-2025/MDLM. “Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana” Autorizan viaje de alcalde, regidor y funcionarios de la Municipalidad a España, en comisión de servicios N° 061-2025/MDLM EL CONCEJO MUNICIPAL VISTO; en Sesión Ordinaria de Co

ACUERDO DE CONCEJO N.° 061-2025/MDLM, publicada por la Municipalidad Distrital de La Molina en el diario oficial El Peruano (1 de enero de 2023): texto en El Peruano. Se reproduce completo y sin cambios.
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Autorizan viaje de alcalde, regidor y funcionarios de
la Municipalidad a España, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
N° 061-2025/MDLM
La Molina, 5 de junio del 2025
EL CONCEJO MUNICIPAL
VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorando N° 1189-2025-MDLM-GM, de la Gerencia Municipal; el Informe N° 0172-2025-MDLM-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe N° 0123-2025-MDLM-OGAF, de la Oficina General de Administración y Finanzas; el Memorando N° 1664-2025-MDLM-OGPPDI, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; el Informe N° 116-2025-MDLM-OPIMI, de Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, y el Informe N° 0573-2025-MDLM-OGAF-OGRH, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; con los cuales se presenta y eleva el Proyecto de Acuerdo de Concejo que autorice el viaje al exterior del señor Alcalde ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCÍA; del regidor ÓSCAR FAUSTO FERNÁNDEZ CÁCERES; de la Gerente Municipal LILIANA ANTONIETA LOAYZA MANRIQUE DE ROMERO; de la Subgerente de Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro, HAYDEE JOSEFINA YONG LEE; del Subgerente de Obras Públicas, BENJAMÍN RICHARD CÓRDOVA HURTADO; y, del Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, YURI JOSÉ PANDO FERNÁNDEZ, para participar en la Firma del Convenio denominado Protocolo de Hermanamiento y Apoyo Mutuo entre la Municipalidad Distrital de La Molina y el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid; en el ICF 2025 TOP7 - Conference & Announcement, y en el Panel “Smart Leadership - Mayor´s Roundtable”;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Carta S/N, ingresada por la mesa de partes como Documento Simple N° S-10557-2025 el 21 de mayo de 2025 el Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, España, comunica al señor Alcalde del distrito de La Molina la voluntad de invitarlo, junto a una delegación municipal, a participar en diversos eventos para el fortalecimiento de los lazos y desarrollo urbano inteligente de ambas comunidades con el siguiente detalle;
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Ceremonia de Firma del Convenio de Hermanamiento entre los distritos de Las Rozas y La Molina.
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ICF 2025 Top7 Conference & Announcement;
Que, en la Carta antes mencionada se señala que, los eventos se llevarán a cabo a partir del 16 de junio del presente año, en España; asimismo, en dicha invitación se convoca como orador en el panel “Smart Leadership - Mayor/s Roundtable” al señor Alcalde del distrito de La Molina;
Que, mediante el Memorando Múltiple N° 0656-2025-MDLM-GM, de fecha 21 de mayo de 2025, la Gerencia Municipal, solicitó opinión sobre la participación del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Molina al Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid - España, a las diversas áreas involucradas al respecto; posteriormente, las áreas involucradas emitieron opinión debidamente sustentada en la cual, los funcionarios coincidieron en que la participación en los eventos señalados son de gran relevancia en el fortalecimiento de los lazos internacionales, desarrollo urbano inteligente y desarrollo sostenible, por lo que es pertinente la participación de vuestro burgomaestre;
Que, mediante el Memorando N° 1178-2025-MDLM-GM, de fecha 03 de junio de 2025, la Gerencia Municipal, comunica a la Oficina General de Administración y Finanzas, los integrantes de la delegación que asistirá a la ciudad de Las Rozas de Madrid, y solicita realizar la evaluación correspondiente en estricto cumplimiento de la normatividad vigente aplicable a los sistemas administrativos a nuestro cargo; asimismo, se señala que los gastos relacionados a los viáticos y pasajes del señor Alcalde serán asumidos íntegramente por el mismo;
Que, mediante el Informe N° 0573-2025-MDLM-OGAF-OGRH, de fecha 03 de junio del 2025, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, emite pronunciamiento en el sentido que, es de la opinión que, la Gerencia Municipal en su condición de superior jerárquico de la señora Haydee Josefina Yong Lee (Subgerente de Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro) y el señor Benjamín Richard Córdova Hurtado (Subgerente de Obras Públicas), debe autorizar su desplazamiento temporal por comisión de servicios fuera del país por el periodo comprendido desde el 16 al 20 de junio de 2025, en razón de que, ya se verificó que sus asistencias al ICF 2025 Top7 Conference & Announcement a llevarse a cabo en la ciudad de Las Rozas de Madrid - España en las próximas semanas, en calidad de comisionados resulta beneficioso para la Entidad, pues permitirá replicar y/o mejorar la experiencia en la gestión institucional de esta corporación municipal y también permitirá oficializar la suscripción del PROTOCOLO DE HERMANAMIENTO Y APOYO MUTUO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA Y EL AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID (MADRID); asimismo, en el caso de la señora Liliana Antonieta Loayza Manrique de Romero, que ostenta el cargo de Gerente Municipal de esta entidad edil, el desplazamiento temporal por comisión de servicios fuera del país por el periodo comprendido desde el 16 al 20 de junio de 2025, debe ser autorizado por el señor Alcalde de La Molina, y considera que se cumple con los requisitos previstos en la normativa pertinente (Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP);
Que, mediante el Memorando N° 2528-2025-MDLM-OGAF, de fecha 04 de junio de 2025, la Oficina General de Administración y Finanzas, solicita la habilitación de recursos por el importe total de S/ 39,641.40 (Treinta y nueve mil seiscientos cuarenta y uno con 40/100 soles), siendo que de dicho monto S/ 7,000.00 corresponden a viáticos y S/ 32,641.40 a pasajes y gastos de transportes, para “Viáticos y asignaciones por comisión de servicios”, asimismo, la habilitación de recursos para “Pasajes y gastos de transporte” a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional;
Que, mediante el Memorando N° 1664-2025-MDLM-OGPPDI, de fecha 04 de junio de 2025, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, comunica que ha procedido a realizar la modificación presupuestaria en el nivel funcional programático en el SIAF, por lo que confirma que cuenta con los créditos presupuestarios autorizados, por un monto ascendente a S/ 39,641.40 (Treinta y nueve mil seiscientos cuarenta y uno y 40/100 soles);
Que, mediante el Informe N° 0123-2025-MDLM-OGAF, de fecha 04 de junio de 2025, la Oficina General de Administración y Finanzas, informa a la Gerencia Municipal, sobre las actuaciones relacionadas a la invitación cursada por el Alcalde del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, concluyendo en lo siguiente:
- Se cuenta con los recursos presupuestarios y financieros para el financiamiento de los pasajes y viáticos de los cinco funcionarios de esta Corporación Edil por un importe de S/ S/ 39,641.40 (Treinta y nueve mil seiscientos cuarenta y uno con 40/100 soles), para su asistencia a la reunión técnica en el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, para la Suscripción del Convenio de Hermanamiento; según la siguiente distribución:
Pasajes aéreos
S/ 32,641.40
Viáticos
S/ 7,000.0
T O T A L
S/ 39,641.40
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La Oficina General de Administración y Finanzas, concuerda con las unidades orgánicas involucradas, en que los eventos a llevarse a cabo en el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid - España, contribuirán en el intercambio de estrategias, metodología de trabajo, gestión de obras, infraestructura e intercambio cultural que resulta beneficioso para ambos distritos, es por ello, que consideramos de vital importancia que el Sr. Alcalde conjuntamente con su comitiva asistan a la Suscripción del Convenio de Hermanamiento y el ICF 2025 Top7 Conference & Announcement, ya que en dicha conferencia, nuestro distrito será conocido por otras comunidades españolas y europeas.
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Para finalizar, se remite los actuados para su evaluación, y de considerarlo pertinente, la posterior aprobación ante el Consejo Municipal, a efectos se emita el acto administrativo de acuerdo a lo previsto en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM;
Que, mediante el Memorando N° 1185-2025-MDLM-GM, de fecha 04 de junio de 2025, la Gerencia Municipal solicita opinión legal a la Oficina General de Asesoría Jurídica, respecto a la participación del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Molina y la delegación de funcionarios en los eventos: suscripción del Protocolo de Hermanamiento y Apoyo mutuo entre la Municipalidad Distrital de La Molina y el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid y evento “ICF 2025 Top 7 Conference & Announcement”, en el marco del Acuerdo de Concejo N° 059-2025-MDLM, programadas para los días del 19 y 20 de junio del presente, el mismo que cuenta con los informes técnicos de las Unidades de Organización involucradas señalados en las referencias;
Que, mediante el Informe N° 0172-2025-MDLM-OGAJ, de fecha 04 de junio de 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite su pronunciamiento, concluyendo lo siguiente:
• Que, los servidores públicos se encuentran habilitados legalmente para realizar comisiones de servicio dentro o fuera del país; para lo cual, se deberá sustentar el interés nacional o institucional que lo justifique, debiendo el comisionado presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y si dicha comisión irrogará gastos a la entidad, se deberá tomar en cuenta la respectiva escala de viáticos, la misma que está condicionada al sustento respectivo.
• Que, en el presente caso, se ha cumplido con sustentar el interés de la institución, el financiamiento y la autorización respectiva a fin que los servidores que se detalla en el punto 4.7 del presente informe, puedan viajar conjuntamente con el señor Alcalde y la Gerenta Municipal en comisión de servicio fuera del país, esto es a la ciudad de Madrid - España, para lo cual se deberá tomar en cuenta lo indicado en el punto precedente.
• Que, la comisión de servicio cuenta con el financiamiento aprobado, que comprende por viáticos la suma de S/7.000.00 y pasajes aéreos la suma de S/. 32,641.40 tal como lo señala en su Informe N° 0123- 2025-MDLM-OGAF, de fecha 04.06.2025.
• Que, siendo así resulta viable desde el punto de vista legal la presente propuesta de comisión de servicios de funcionarios y servidores sean elevados al Concejo Municipal para su autorización correspondiente de conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 11 de la LOM. De aprobarse, dicho acuerdo debe ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano” respectivamente.
• Que, los comisionados al término de la comisión deberán presentar los informes correspondientes al Concejo Municipal tal como se detalla en el numeral 4.3 de su informe;
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley N° 30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; y, que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; sin embargo, no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se precisa en la Constitución Política del Estado, la misma debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los límites que señale la Ley;
Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política regulan las actividades y funcionamiento del sector público, así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo;
Que, conforme al numeral 11) del artículo 9° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario;
Que, el artículo 41° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los Acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, mediante la Ley N° 27619, se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado, que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público;
Que, el artículo 1° de la Ley N° 27619, modificada por la Ley N° 28807, establece que los funcionarios y servidores que en misión oficial viajen al exterior y que irroguen gasto al Estado, deberán utilizar pasajes en la categoría económica o similar, asimismo, precisa que los viajes se autorizarán mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad;
Que, el artículo 2° del Reglamento de la Ley N° 27619, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac;
Que, el artículo 5° del precitado Reglamento, modificado mediante Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establece que, los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a las zonas geográficas establecidas en aquel; señalando además en su artículo 8°, que los viáticos que se otorguen conforme a la escala citada en el artículo 5°, serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente;
Que, habiendo cumplido las unidades de organización competentes con sustentar el interés específico de la institución en el viaje a realizar por los funcionarios de la municipalidad, de acuerdo a las normas legales vigentes aplicables, contando asimismo con el pronunciamiento favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica, correspondería al Concejo Municipal realizar la evaluación y autorización del mismo;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el numeral 11) del artículo 9° y el artículo 41° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de comisiones y de Lectura y Aprobación del Acta, con el voto en mayoría de los integrantes del Concejo Municipal participantes;
ACUERDA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del señor Alcalde ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA; del regidor ÓSCAR FAUSTO FERNÁNDEZ CÁCERES; de la Gerente Municipal LILIANA ANTONIETA LOAYZA MANRIQUE DE ROMERO; de la Subgerente de Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro, HAYDEE JOSEFINA YONG LEE; del Subgerente de Obras Públicas, BENJAMÍN RICHARD CÓRDOVA HURTADO; y, del Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, YURI JOSÉ PANDO FERNÁNDEZ, a la ciudad de Madrid, España, desde el 16 al 20 de junio del 2025, para participar en la Firma del Convenio denominado Protocolo de Hermanamiento y Apoyo Mutuo entre la Municipalidad Distrital de La Molina y el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid; en el ICF 2025 TOP7 - Conference & Announcement, y en el Panel “Smart Leadership - Mayor´s Roundtable”;
Artículo Segundo.- PRECISAR que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo serán atendidos con cargo al presupuesto institucional 2025 de esta entidad, según el detalle señalado por la Oficina General de Administración y Finanzas y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a las personas señaladas en el artículo primero, presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje, así como de la rendición de cuentas correspondiente, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje.
Artículo Cuarto.- PRECISAR que durante la ausencia del señor Alcalde se deberá seguir lo dispuesto en el artículo 24° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, a la Oficina General de Administración y Finanzas y demás unidades de organización competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo.
Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Oficina General de Secretaría de Concejo la Publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la entidad y en el Portal de Transparencia Estándar.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA
Alcalde
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Qué registró cada lista sobre este tema. Las 12 listas inscritas para la alcaldía de La Molina presentaron un plan de gobierno ante el JNE. Lo que cada una dice sobre gestión municipal y transparencia, copiado tal cual y en orden alfabético, está en las páginas de datos de este medio. Las 12 listas.