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Fijan monto de dieta mensual de los regidores de la Municipalidad de La Molina

ACUERDO DE CONCEJO N.° 054-2025/MDLM. “Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana” Fijan monto de dieta mensual de los regidores de la Municipalidad de La Molina Nº 054-2025/MDLM EL CONCEJO MUNICIPAL VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memor

Municipalidad de La Molina (norma publicada en El Peruano)
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ACUERDO DE CONCEJO N.° 054-2025/MDLM, publicada por la Municipalidad Distrital de La Molina en el diario oficial El Peruano (1 de enero de 2023): texto en El Peruano. Se reproduce completo y sin cambios.

“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

Fijan monto de dieta mensual de los regidores

de la Municipalidad de La Molina

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 054-2025/MDLM

La Molina, 30 de abril del 2025

EL CONCEJO MUNICIPAL

VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorando N° 0886-2025-MDLM-GM, de fecha 29 de abril de 2025, de la Gerencia Municipal; el Informe N° 0108-2025-MDLM-OGAJ, de fecha 29 de abril de 2025, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Informe N° 098-2025-MDLM-OGPPDI, de fecha 29 de abril de 2025, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; el Informe N° 426-2025-MDLM-OGAF-OGRH, de fecha 29 de abril de 2025, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; y los Dictámenes N° 020-2025-MDLM-CAJ y Nº 010-2025-MDLM-CAFTPCTI, de la Comisión de Conjunta de Asuntos Jurídicos y Administración Financiera, Tributaria, Presupuesto, Cumplimiento y Tecnologías de la Información, con los cuales se presenta y eleva el Proyecto de Acuerdo de Concejo que implementa lo dispuesto en la Ley N° 32269, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Informe N° 0181-2025-MDLM-OGSC, de fecha 27 de marzo de 2025, la Oficina General de Secretaria de Concejo informa a la Gerencia Municipal que, mediante el artículo único de la Ley N° 32269, se ha modificado el artículo 12° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades en cuanto al monto de las dietas que perciben los regidores por asistencia efectiva a las sesiones de concejo, señalando asimismo en su Primera Disposición Complementaria Final, que el referido monto se establece mediante Acuerdo de Concejo;

Que, mediante el Informe N° 0187-2025-MDLM-OGSC, de fecha 31 de marzo de 2025, la Oficina General de Secretaria de Concejo, remite a la Gerencia Municipal la Carta Conjunta N° 03-2025-MEQM-FFNH-MPEA-CJTA-CDLM, suscrita por cuatro regidores, en la que se solicita opinión respecto a la Ley N° 32269, con la finalidad de que se adjunte al Informe N° 181-2025-MDLM-OGSC;

Que, mediante el Memorando N° 0668-2025-MDLM-GM, y el Memorando N° 0803-2025-MDLM-GM, la Gerencia Municipal adjunta los documentos antes mencionados a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para el pronunciamiento correspondiente;

Que, mediante el Informe N° 426-2025-MDLM-OGAF-MDLM-OGRH, de fecha 29 de abril del 2025, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, emite su pronunciamiento, señalando que, luego de efectuar un análisis técnico - presupuestal y a fin de cumplir con lo dispuesto en la Ley N° 32269, opina de manera favorable declarar de libre disponibilidad el monto de S/ 100,320.00 (cien mil trescientos veinte y 00/100 soles), considerando que el incremento será a partir del mes de mayo del presente año, previo Acuerdo de Concejo; y que, finalmente es oportuno mencionar que el monto de las dietas a percibir de los regidores de la Municipalidad de La Molina, por el monto de S/ 3480.00 soles en caso de aprobarse el Acuerdo de Concejo, será solicitado en la programación multianual de esa oficina; y, concluye señalando que recomienda fijar el monto de la dieta de los regidores a partir del mes de mayo del presente año conforme la siguiente estructura:

Remuneración Sr. Alcalde

Dieta Actual de regidores

Dieta según Ley N° 32269

S/ 11,600.00 soles

S/ 2,340.00 soles

(considerando asistencia a dos sesiones ordinarias)

S/ 3480.00 soles

(considerando asistencia a dos sesiones ordinarias a partir de mayo 2025)

Que, mediante el Informe N° 098-2025-MDLM-OGPPDI, de fecha 29 de abril de 2025, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, concluye señalando que, en el marco de sus funciones y atribuciones establecidas por el artículo 22° y 23° del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, aprobado mediante la Ordenanza N° 441/MDLM y modificatorias, emite opinión favorable en materia presupuestal, respecto a lo dispuesto en la Ley N° 32269, Ley que modifica la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, para proceder al incremento sobre la dieta de los regidores a partir del mes de mayo de 2025;

Que, mediante el Memorando N° 0884-2025-MDLM-GM, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Oficina General de Asesoría Jurídica, con la finalidad de que se emita el informe legal sobre la propuesta;

Que, mediante el Informe N° 0108-2025-MDLM-OGAJ, de fecha 29 de abril de 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite su pronunciamiento, concluyendo en el sentido de:

• Que visto los informes técnicos de las unidades de organización competentes, considera que, resulta viable desde el punto de vista legal establecer mediante Acuerdo de Concejo el monto a percibir por dieta de los regidores que asciende a la suma de S/ 3,480.00 que equivale al 30% de la remuneración mensual del alcalde en cumplimiento a lo establecido por el artículo 12° y la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32269, Ley que modifica la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; dejando sin efecto toda disposición legal que se oponga.

• Que el Acuerdo de Concejo que establece las dietas de los regidores debe ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad con el artículo 44° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante el Memorando N° 0886-2025-MDLM-GM, de fecha 29 de abril del 2025, la Gerencia Municipal, remite los actuados a la Oficina General de Secretaría de Concejo, para la gestión correspondiente ante el Concejo Municipal;

Que, mediante los Oficios N° 0189-2025-MDLM-OGSC y N° 0188-2025-MDLM-OGSC, ambos de fecha 29 de abril de 2025, la Oficina General de Secretaría de Concejo, remite a las comisiones la propuesta enviada por la Gerencia Municipal;

Que, mediante los Dictámenes N° 020-2025-MDLM-CAJ y Nº 010-2025-MDLM-CAFTPCTI las Comisiones de Asuntos Jurídicos y Administración Financiera, Tributaria, Presupuesto, Cumplimiento y Tecnologías de la Información, en forma conjunta han dictaminado lo siguiente:

1.- RECOMENDAR al Concejo Municipal la aprobación de la propuesta de implementación de la Ley N° 32269 formulada por la administración municipal, para lo cual se adjunta el proyecto de Acuerdo de Concejo correspondiente, en el que se fija el monto de la dieta de los señores regidores hasta el término de la presente gestión.

  1. RECOMENDAR que la propuesta hecha sea puesta de conocimiento del Concejo Municipal para su debate y aprobación correspondiente;

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; y, que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; sin embargo, no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se precisa en la Constitución Política del Estado, la misma debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los límites que señale la Ley;

Que, conforme a lo señalado en el artículo VIII del referido Título Preliminar, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;

Que, conforme al artículo 41° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; y que, los Acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y financiamiento, según corresponda;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9°, inciso 28), establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los regidores;

Que, de acuerdo al numeral 1) del artículo 44° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas, los Decretos de Alcaldía y los Acuerdos sobre remuneración del alcalde y dietas de los regidores deben ser publicados en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, el 22 de marzo del presente año, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Ley Nº 32269, Ley que modifica la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, para establecer precisiones sobre la dieta de los regidores, en los siguientes términos:

“Artículo 12.- Régimen de Dietas

[…]

El monto de las dietas que perciben los regidores corresponde al 30 % de la remuneración mensual del alcalde, del cual se descuentan las inasistencias. Se pagan por asistencia efectiva a las sesiones. Se reajustan automáticamente conforme varíe la remuneración del alcalde. Los reajustes son publicados obligatoriamente bajo responsabilidad.

[…]”;

Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32269 otorga noventa días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la misma, para que los concejos municipales puedan emitir el acuerdo correspondiente, a efectos de establecer el monto a percibir por dietas, para el periodo del mandato vigente de los regidores;

Que, habiendo cumplido las unidades de organización competentes con sustentar la propuesta, de acuerdo a las normas legales vigentes aplicables, contando asimismo con el pronunciamiento favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de las Comisiones, correspondería al Concejo Municipal realizar la aprobación de la propuesta;

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el numeral 28) del artículo 9° y el artículo 41° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta, con el voto en mayoría de los integrantes del Concejo Municipal participantes;

ACUERDA:

Artículo Primero.- FIJAR la dieta mensual de los regidores de la Municipalidad de La Molina en el monto de S/ 3,480.00 (tres mil cuatrocientos ochenta soles con 00/100), correspondiendo la suma de S/ 1,740.00 (mil setecientos cuarenta soles con 00/100) por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, con un máximo de dos (02) sesiones retribuidas al mes, hasta la culminación de la presente gestión, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 32269, que modifica el artículo 12° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo Segundo.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Molina y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás unidades de organización competentes, el fiel cumplimiento y monitoreo del presente Acuerdo de Concejo.

Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga al presente Acuerdo de Concejo.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA

Alcalde

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Qué registró cada lista sobre este tema. Las 12 listas inscritas para la alcaldía de La Molina presentaron un plan de gobierno ante el JNE. Lo que cada una dice sobre adulto mayor, gestión municipal y transparencia, copiado tal cual y en orden alfabético, está en las páginas de datos de este medio. Las 12 listas.

En esta nota:Municipalidad de La MolinaDiario Oficial El Peruano

Comunicado oficial reproducido tal cual, con enlace a la fuente. Editada por Omni Media, redacción de La Molina al Día. Cómo trabajamos.

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