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Convocan a Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, CCLD para el

DECRETO DE ALCALDÍA N.° 004-2023/MDLM. Nº 004-2023/MDLM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA Visto; el Informe Nº 0046-2023-MDLM-GPV, de fecha 18 de septiembre del 2023, de la Gerencia de Participación Vecinal; ; el Informe Nº190-2023-MDLM-GAJ, de fecha 27 de se

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DECRETO DE ALCALDÍA N.° 004-2023/MDLM, publicada por la Municipalidad Distrital de La Molina en el diario oficial El Peruano (30 de setiembre de 2023): texto en El Peruano. Se reproduce completo y sin cambios.

Convocan a Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, CCLD para el Período 2023, 2025 y aprueban cronograma

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 004-2023/MDLM

La Molina, 30 de setiembre de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA

Visto; el Informe Nº 0046-2023-MDLM-GPV, de fecha 18 de septiembre del 2023, de la Gerencia de Participación Vecinal; ; el Informe Nº190-2023-MDLM-GAJ, de fecha 27 de septiembre de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 1298-2023-MDLM-GM, de fecha 28 de setiembre del 2023, de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se propone y sustenta, la convocatoria y aprobación del cronograma para el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, para el período 2023, 2025; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los gobiernos locales están sujetos a las Leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público; así como, a las normas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;

Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, el Alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía, asimismo, en el artículo 42º de la norma citada se señala que, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, el artículo 102º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece la conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el Alcalde, quien lo preside, por los regidores, y por los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier forma de organización de nivel distrital;

Que, mediante la Ordenanza Nº 072, modificada por la Ordenanza Nº 251, se normó el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, a través de la cual los delegados, acreditados legalmente, eligen democráticamente a sus representantes ante el Consejo de Coordinación Local Distrital por un período de dos (02) años, según lo establecido en el tercer párrafo del artículo 102º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, en el artículo 14º de la Ordenanza Nº 072, se señala que, el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía convoca a la elección de los cinco representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina establece el cronograma, así como el lugar, la fecha y la hora de realización de las elecciones. En ningún caso, las elecciones pueden llevarse a cabo fuera del distrito. La convocatoria será publicada en el Diario Oficial El Peruano y en carteles ubicados en lugares visibles de la Municipalidad. Y además, se notificará a las organizaciones de la sociedad civil en el domicilio que figura en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad de La Molina;

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 270-2021-MDLM, modificada por Resolución de Gerencia Municipal Nº 0330-2023-MDLM, en el marco de la delegación de facultades efectuada con las Resoluciones de Alcaldía Nº 033-2019/MDLM y Nº 007-2023/MDLM respectivamente, se constituyó el CCLD para el periodo 2021, 2023, estableciéndose que el periodo de vigencia de los representantes de la Sociedad Civil sería hasta el 21 de octubre de 2023, correspondiendo por tanto se convoque a las elecciones para el periodo 2023 - 2025;

Que, mediante el Informe Nº 0046-2023-MDLM-GPV, de fecha 18 de septiembre del 2023, la Gerencia de Participación Vecinal concluye en el sentido que:

· El mandato actual de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, que comenzó el 22.10.2021, concluirá el 21.10.2023, según el artículo 8 de la Ordenanza Nº 088 y la Resolución de Gerencia Municipal Nº 270-2021-MDLM.

· Se adjunta la propuesta de Decreto de Alcaldía y Cronograma correspondiente para este proceso.

Que, en el informe antes mencionado también se recomienda iniciar el proceso de elección para nombrar a los nuevos Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, que abarcará el periodo de octubre 2023 a octubre 2025. Además, recomienda obtener la opinión de la Gerencia de Asesoría Jurídica debido a la naturaleza legal del asunto.

Que, mediante el Informe Nº 190-2023-MDLM-GAJ, de fecha 27 de setiembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite su pronunciamiento señalando lo siguiente:

· De acuerdo al artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; siendo que en el artículo 42º del citado cuerpo normativo, se señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario.

· En tal sentido, en el marco de lo estipulado en la Ley Orgánica de Municipalidades y lo señalado en el artículo 14 de la Ordenanza Nº 072, estando próximo a vencer el mandato de los actuales representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD, es pertinente proceder a realizar la convocatoria a elecciones para elegir a los nuevos representantes para el periodo 2023-2025, así como establecer el cronograma, el lugar, la fecha y la hora de las elecciones a convocarse, debiendo ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano”.

· Cabe indicar que, el cronograma ha sido elaborado y propuesto por la Gerencia de Participación Vecinal, de conformidad con lo establecido en el artículo 116º y el literal f) del artículo 117º del R.O.F. de la entidad, motivo por el cual se encuentra bajo la responsabilidad exclusiva del funcionario que ha propuesto la aprobación del mismo. Siendo ello así, se precisa que, a esta Gerencia no le corresponde realizar una evaluación del contenido del cronograma presentado, siendo el caso que, el presente Informe, es netamente de carácter legal y procedimental.

· Finalmente se recomienda que, la Gerencia de Participación Vecinal, tome en cuenta lo señalado en los artículos 5º, 10º, 11º de la Ordenanza Nº 072 y su modificatoria para el correcto desenvolvimiento del procedimiento de elección de los representantes de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina;

Que, mediante el Memorando Nº 1298-2023-MDLM-GM, de fecha 28 de setiembre de 2023, de la Gerencia Municipal, remite el informe legal y el informe técnico, que propone y sustenta la convocatoria y aprobación del cronograma para el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, para el período 2023-2025, a fin de que se realice el trámite administrativo para la emisión del Decreto de Alcaldía que apruebe la propuesta presentada;

Estando a los considerandos precedentes, con el visto de las unidades de organización competentes, en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la - Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- CONVOCAR a Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, CCLD para el Período 2023, 2025.

Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma para el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, CCLD, para el Período 2023, 2025, que como Anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Gerencia de Tecnologías de Información, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y su Anexo en el portal institucional de la Municipalidad. www.munimolina.gob.pe

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del presente Decreto de Alcaldía, y su cumplimiento a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Participación Vecinal.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA

Alcalde

ANEXO DEL DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 004- 2023/MDLM

CRONOGRAMA

PROCESO DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES

DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE

COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE LA MOLINA

PARA EL PERIODO 2023 - 2025

ITEM

PROCESO ELECCIONARIO

FECHA

1

CONVOCATORIA

4 al 11 de octubre de 2023

2

INSCRIPCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ACREDITANDO A SUS DELEGADOS ELECTORES

5 al 14 de octubre de 2023

3

RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN

Hasta el 14 de octubre de 2023

4

PUBLICACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL Y CANDIDATOS AL CCLD (*)

16 de octubre de 2023

5

PRESENTACIÓN DE TACHAS CONTRA LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y CANDIDATOS

17 al 19 de octubre de 2023

6

RESOLUCIÓN DE TACHAS EN INSTANCIA ÚNICA

18 al 23 de octubre de 2023

7

PUBLICACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL DEFINITIVO, LISTA DE CANDIDATOS Y ASIGNACIÓN DE NÚMERO

24 al 25 de octubre de 2023

8

ACTO DE ELECCIÓN (INSTALACIÓN, SUFRAGIO Y ESCRUTINIO) DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CCLD (artículos 21º y 25º de la Ordenanza Nº 072)

En el Sala de Usos Múltiples - SUM de la Municipalidad

Av. Ricardo Elías Aparicio Nº 740 Urb. Las Lagunas de La Molina

26 de octubre de 2023

De 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

9

PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL SUFRAGIO

02:00 p.m.

10

IMPUGNACIONES (Presentación y Resolución)

De 02:00 p.m. a 04:00 p.m.

11

PROCLAMACIÓN, ENTREGA DE CREDENCIALES Y JURAMENTACIÓN A LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CCLD (artículo 27º de la Ordenanza Nº 072)

05:00 p.m.

(*) La publicación se realizará conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 072 y su modificatoria por la Ordenanza Nº 251.

2221002-1


Qué registró cada lista sobre este tema. Las 12 listas inscritas para la alcaldía de La Molina presentaron un plan de gobierno ante el JNE. Lo que cada una dice sobre gestión municipal y transparencia, copiado tal cual y en orden alfabético, está en las páginas de datos de este medio. Las 12 listas.

En esta nota:Municipalidad de La MolinaDiario Oficial El Peruano

Comunicado oficial reproducido tal cual, con enlace a la fuente. Editada por Omni Media, redacción de La Molina al Día. Cómo trabajamos.

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