Convocan a Elecciones a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, CCLD para el P
DECRETO DE ALCALDÍA N.° 006-2025/MDLM. Convocan a Elecciones a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina – CCLD para el Período 2025 – 2027 Nº 006-2025/MDLM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: el

DECRETO DE ALCALDÍA N.° 006-2025/MDLM, publicada por la Municipalidad Distrital de La Molina en el diario oficial El Peruano (23 de octubre de 2025): texto en El Peruano. Se reproduce completo y sin cambios.
Convocan a Elecciones a los Representantes de la Sociedad Civil
ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, CCLD
para el Período 2025, 2027
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2025/MDLM
La Molina, 23 de octubre de 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: el Informe N° 0074-2025-MDLM-GPV de la Gerencia de Participación Vecinal, el Informe Nº 0336-2025-MDLM-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 2176-2025-MDLM-GM de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se propone y sustenta la convocatoria y aprobación del cronograma para el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, para el período 2025 - 2027, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, el artículo VII del Título Preliminar de la misma Ley, establece que, los Gobiernos Locales están sujetos a las Leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público; así como, a las normas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;
Que, el segundo párrafo del artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, el Alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía, asimismo, en el artículo 42° de la norma citada se señala que, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, el artículo 102° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece la conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el Alcalde, quien lo preside, por los regidores, y por los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier forma de organización de nivel distrital;
Que, mediante la Ordenanza N° 072, modificada por la Ordenanza N° 251, se normó el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, a través de la cual los delegados, acreditados legalmente, eligen democráticamente a sus representantes ante el Consejo de Coordinación Local Distrital por un período de dos (02) años, según lo establecido en el tercer párrafo del artículo 102° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 14° de la Ordenanza N° 072, señala que el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía convoca a la elección de los cinco representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, establece el cronograma, así como, el lugar, la fecha y la hora de realización de las elecciones. En ningún caso, las elecciones pueden llevarse a cabo fuera del distrito. La convocatoria será publicada en el Diario Oficial El Peruano y en carteles ubicados en lugares visibles de la Municipalidad. Y, además, se notificará a las organizaciones de la sociedad civil en el domicilio que figura en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad de la Molina;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 592-2023/MDLM-GM, en el marco de la delegación de facultades, se constituyó el CCLD para el período 2023, 2025, estableciéndose el período de vigencia de los representantes de la Sociedad Civil por dos (02) años, iniciado a partir de la fecha de expedición de la referida Resolución, es decir del 27 de noviembre de 2023 al 27 de noviembre de 2025, correspondiendo por tanto se convoque a las elecciones para el período 2025, 2027;
Que, mediante Informe N° 0074-2025-MDLM-GPV, la Gerencia de Participación Vecinal, concluye que el mandato actual de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, que comenzó el día 27 de noviembre de 2023, concluirá el día 27 de noviembre de 2025, conforme a lo prescrito en el artículo 8° de la Ordenanza N° 088, Ordenanza que aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, y a la Resolución de Gerencia Municipal N° 592-2023/MDLM-GM; considerando necesario efectuar los actos preparatorios conducentes a la convocatoria de elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, CCLD, para el período 2025, 2027; por lo que, para tal efecto adjunta el proyecto de Decreto de Alcaldía correspondiente y el Cronograma respectivo para llevar a cabo este proceso de elección;
Que, de igual forma, recomienda iniciar el proceso de elección para nombrar a los nuevos Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, para el período 2025, 2027; sugiriendo solicitar previamente la opinión legal a la Oficina General de Asesoría Jurídica, debido a la naturaleza del asunto;
Que, mediante Informe N° 0336-2025-MDLM-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que, desde el punto de vista legal, es viable la emisión del PROYECTO DE DECRETO DE ALCALDÍA QUE CONVOCA A ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE LA MOLINA - CCLD, para el periodo 2025-2027, y el Anexo adjunto, el cual es concordante con el inciso 6) del artículo 20°, el artículo 42° y el artículo 102° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y las Ordenanzas N° 088, 072 y su modificatoria, y la Resolución de Gerencia Municipal N° 592-2023/MDLM-GM;
Que, mediante Memorándum N° 2178-2025-MDL-GM, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Oficina General de Secretaría de Concejo para su gestión correspondiente en el marco de sus atribuciones;
Estando a los considerandos precedentes, con el visto de las unidades de organización competentes, en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR a Elecciones a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, CCLD para el Período 2025, 2027.
Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma para el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, CCLD para el Período 2025, 2027, que como Anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría de Concejo, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Tecnologías de Información y Estadística, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y su Anexo en el portal institucional de la Municipalidad: www.munimolina.gob.pe
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del presente Decreto de Alcaldía, y su cumplimiento a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Participación Vecinal.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA
Alcalde
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL
CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE LA MOLINA PARA EL PERIODO 2025-2027
N°
PROCESO
FECHA
1
CONVOCATORIA
31 DE OCTUBRE AL 07 DE NOVIEMBRE
2
REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y SUS DELEGADOS - ELECTORES
03 AL 12 DE NOVIEMBRE
3
PUBLICACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL PROVISIONAL DE DELEGADOS - ELECTORES
12 DE NOVIEMBRE
4
OBSERVACIONES AL PADRÓN
13 DE NOVIEMBRE
5
RESOLUCIÓN DE OBSERVACIONES
14 DE NOVIEMBRE
6
PUBLICACIÓN DE PADRON DEFINITIVO DE DELEGADOS-ELECTORES
17 DE NOVIEMBRE
7
PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE CANDIDATURAS
18 DE NOVIEMBRE
8
SUBSANACIÓN DE CANDIDATURAS
19 Y 20 DE NOVIEMBRE
9
PRESENTACIÓN DE TACHAS
21 DE NOVIEMBRE
11
RESOLUCIÓN DE TACHAS
22 DE NOVIEMBRE
12
PUBLICACIÓN DE CANDIDATURAS VÁLIDAS
24 DE NOVIEMBRE
13
ACTO DE ELECCIÓN (INSTALACIÓN DE SUFRAGIO Y ESCRUTINIO) DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CCLD.SALA SUM
26 DE NOVIEMBRE09:00 A 01:00 P.M.
14
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
26 DE NOVIEMBRE02:00 P.M.
15
PROCLAMACIÓN, ENTREGA DE CREDENCIALES Y JURAMENTANCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CCLD
26 DE NOVIEMBRE03:00 P.M.
16
RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO
28 DE NOVIEMBRE
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Qué registró cada lista sobre este tema. Las 12 listas inscritas para la alcaldía de La Molina presentaron un plan de gobierno ante el JNE. Lo que cada una dice sobre gestión municipal y transparencia, copiado tal cual y en orden alfabético, está en las páginas de datos de este medio. Las 12 listas.