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Modifican el Cronograma de Procedimientos para la Evaluación de Solicitudes para el otorgamiento de autorizaciones municipales para el ejerc

Decreto de Alcaldía N.° 007-2025/MDLM. Modifican el Cronograma de Procedimientos para la Evaluación de Solicitudes para el otorgamiento de autorizaciones municipales para el ejercicio de actividad económica en espacios públicos, Anexo Nº 04 del Nº 001-2026/MDLM EL ALCALDE DE LA

Municipalidad de La Molina (norma publicada en El Peruano)
Ficha con el dato de la norma "Modifican el Cronograma de Procedimientos para la Evaluación de Solicitudes para", compuesta por La Molina al Día
La Molina al Día, ficha de datoFuenteFicha con el dato de la nota, no es una fotografía

Decreto de Alcaldía N.° 007-2025/MDLM, publicada por la Municipalidad Distrital de La Molina en el diario oficial El Peruano (8 de enero de 2026): texto en El Peruano. Se reproduce completo y sin cambios.

Modifican el Cronograma de Procedimientos para la Evaluación de

Solicitudes para el otorgamiento de autorizaciones municipales para el

ejercicio de actividad económica en espacios públicos, Anexo Nº 04 del

Decreto de Alcaldía Nº 007-2025/MDLM

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 001-2026/MDLM

La Molina, 8 de enero de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA

VISTOS; el Informe Nº 0001-2026-MDLM-GDEIP emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico e Inversión Privada; el Informe Nº 0001-2026-MDLM-GDEIP-SPEA emitido por la Subgerencia de Promoción Empresarial y Autorizaciones; el Informe Nº 0003-2026-MDLM-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 0029-2026-MDLM-GM cursado por la Gerencia Municipal; mediante los cuales se solicita la modificación del Decreto de Alcaldía Nº 007-2025/MDLM; y,

CONSIDERANDO:

Que, el primer párrafo del artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo al sub numeral 3.2) del numeral 3 del artículo 83 de la LOM, son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, regular y controlar el comercio ambulatorio de acuerdo a normas establecidas por la municipalidad provincial;

Que, con fecha 24 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 462/MDLM, que regula el comercio ambulatorio en espacios públicos en el Distrito de La Molina, la cual tiene por finalidad el ordenar y controlar el comercio en la vía pública dentro de la jurisdicción del distrito de La Molina, garantizando que se desarrolle en condiciones de respecto a la tranquilidad de los vecinos, cuya Primera Disposición Complementaria Final, faculta al alcalde de la Municipalidad Distrital de La Molina, para que mediante decreto de alcaldía establezca las disposiciones complementarias y/o reglamentarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la mencionada ordenanza;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 007-2025/MDLM, se aprueba el Reglamento de la actividad comercial ambulatoria en espacios públicos en la jurisdicción del Distrito de La Molina, y se estableció un Cronograma de Procedimientos para la Evaluación de Solicitudes para el otorgamiento de autorizaciones municipales para el ejercicio de actividad económica en espacios públicos, (anexo Nº 04), fijándose como fecha para la publicación del Padrón Municipal el 05 de enero de 2026;

Que, mediante Informe de vistos, la Subgerencia de Promoción Empresarial y Autorizaciones propone la modificación del anexo Nº 04 del Decreto de Alcaldía Nº 007-2025/MDLM, pues concluye que existe la necesidad de fijar una nueva fecha para la publicación del Padrón Municipal, justificada en la cantidad de administrados solicitantes y a fin de garantizar la adecuada ejecución de lo regulado en la Ordenanza Nº 462/MDLM; informe con el que expresa su conformidad en todos sus extremos, la Gerencia de Desarrollo Económico e Inversión Privada mediante informe de vistos;

Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de las unidades de organización competentes y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en uso de las atribuciones conferidas al alcalde en el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo 1.- MODIFICAR el Cronograma de Procedimientos para la Evaluación de Solicitudes para el otorgamiento de autorizaciones municipales para el ejercicio de actividad económica en espacios públicos, Anexo Nº 04 del Decreto de Alcaldía Nº 007-2025/MDLM, en los términos siguientes:

N°

FECHA

ACTIVIDAD

01

Lunes 03 de diciembre 2025

Publicación del Formato de Inscripción en el Padrón Municipal en el siguiente enlace

02

Del 03 de diciembre al 12 de diciembre 2025

Inscripción en el Padrón Municipal según formato de inscripción

03

Del 12 de diciembre al 28 de diciembre 2025

Registro y Consolidación de la información presentada al Padrón Municipal

04

30 de enero de 2026

Publicación del Padrón Municipal

05

02 al 06 de febrero de 2026

Presentación de las solicitudes de autorización según legislación vigente de la Municipalidad de La Molina

06

Hasta 15 días hábiles posteriores a la fecha de presentación de cada solicitud

Evaluación de las solicitudes y emisión de autorizaciones para el ejercicio de comercio en la vía pública

Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Económico e Inversión Privada y a las unidades de organización competentes, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría de Concejo la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Molina: www.munimolina.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

PERCY ANTONIO PALOMINO MARIN

Regidor

Encargado del Despacho de Alcaldía

VIERNES 9 de ENERO de 2026

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Qué registró cada lista sobre este tema. Las 12 listas inscritas para la alcaldía de La Molina presentaron un plan de gobierno ante el JNE. Lo que cada una dice sobre comercio y licencias, copiado tal cual y en orden alfabético, está en las páginas de datos de este medio. Las 12 listas.

En esta nota:Municipalidad de La MolinaDiario Oficial El Peruano

Comunicado oficial reproducido tal cual, con enlace a la fuente. Editada por Omni Media, redacción de La Molina al Día. Cómo trabajamos.

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